Patrimonio cultural: ¿Traba para la competitividad?

Cuando hablamos del patrimonio cultural de la nación (PCN) usualmente escuchamos dos posiciones contrapuestas y que son las que predominan tradicionalmente.

Una de ellas concibe al PCN como una traba para los proyectos de inversión y el desarrollo del país. No lo reconoce como activo con potencial para generar desarrollo y bienestar. Por ello, esta visión busca flexibilizar al máximo las autorizaciones del Ministerio de Cultura.

La otra posición, en cambio, concibe al PCN como intocable y por ello entiende que los proyectos de inversión, y la participación privada en especial, son incompatibles con su preservación. Esta visión entiende que proteger significa únicamente restringir y regular al máximo las iniciativas y reservar para el Estado la mayor cantidad de prerrogativas.

Esta dicotomía se retroalimenta y genera un diálogo de sordos, cuyo ruido impide reconocer el valor del PCN como la gran ventaja comparativa que tenemos como nación, y que está desperdiciada y desatendida. Es inaceptable que de los casi 20.000 sitios arqueológicos identificados, únicamente el 0,3% tenga cierto control al estar oficialmente abierto al turismo. En cuanto a las casonas virreinales y republicanas, el 70% son de propiedad privada, pero la asimetría entre los beneficios y las restricciones es tal que, paradójicamente, el sistema incentiva más el abandono y destrucción que la conservación.

En el contexto actual, la aprobación del reciente Decreto de Urgencia 018-2019 es la expresión de la visión del PCN como traba para el desarrollo del país, y la altísima rotación de ministros de Cultura parece responder a la poca valoración del rol del sector, fruto del ruido generado por la dicotomía ya comentada.

Este decreto de urgencia aprueba un régimen especial aplicable a los proyectos priorizados en el Plan Nacional de Infraestructura para la Competitividad (PNIC). El PNIC no considera ningún proyecto relacionado con el PCN, pero lo más preocupante es la flexibilización de las autorizaciones del Ministerio de Cultura. En esta oportunidad se llega al extremo de aplicar el silencio administrativo positivo para los proyectos de rescate arqueológico (PRA), tanto para su autorización como para su aprobación final.

Los PRA son intervenciones arqueológicas que tienen por objeto “liberar” un sitio arqueológico a través de la recuperación autorizada de todas las evidencias culturales. Los PRA son necesarios, pero debido a su impacto deberían de continuar siendo procedimientos de evaluación previa con silencio administrativo negativo, como lo considera la regla general establecida en el artículo 38 de la Ley del Procedimiento Administrativo General.

Reducir la tramitología es muy importante, pero se deben buscar fórmulas coherentes en términos de políticas públicas. Por ejemplo, en el 2016 el Ministerio de Cultura logró el apoyo del MEF para iniciar las gestiones ante el BID con miras a formalizar una operación de endeudamiento externo, para ejecutar por vez primera el catastro arqueológico a escala nacional. Con un catastro arqueológico la exigencia del Certificado de Inexistencia de Restos Arqueológicos (CIRA) se torna innecesaria. Era una forma de eliminar un permiso sin poner en riesgo al PCN. Lamentablemente, luego del cambio de gobierno en el 2016 esta iniciativa se desechó.

El Ministerio de Cultura debe ser autocrítico y reconocer sus limitaciones en materia presupuestal y de capacidades. Debe dejar la retórica y actuar en consecuencia con la data. Como ente rector, tiene la función de proponer por sí mismo las reformas y estas deberían tener como objetivo romper con la dicotomía, a través de incentivos positivos, predictibilidad e institucionalidad. Si permanece con una actitud pasiva en esta materia, no dejará de recibir reformas originadas en otros sectores, como el mencionado decreto de urgencia.

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Fuente: Diario El Comercio

Juan Pablo de la Puente
Juan Pablo de la Puente
Abogado especializado en Derecho del Patrimonio Cultural. Su actividad profesional se centra en todo lo relativo a la regulación de bienes culturales, con énfasis en proyectos de inversión y de conservación. Ha sido Viceministro de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura, Director Ejecutivo del World Monuments Fund en el Perú, y perito legal experto en materia de patrimonio cultural en una controversia arbitral llevada ante el CIADI. Es abogado por la PUCP y Magíster en Derecho (LLM) por la Universidad de Columbia (Nueva York).

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